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RCE Transporte Público

RCE Transporte Público

Indemnizar hasta la suma asegurada, los perjuicios materiales causados a terceros derivados de la Responsabilidad Civil Extracontractual en que incurra el asegurado de acuerdo con la legislación colombiana por lesión, muerte o daños a bienes de terceros, ocasionados a través del vehículo amparado, siempre que se le demuestren al asegurado judicialmente como consecuencia de sus acciones u omisiones de acuerdo con los riesgos asumidos por La Equidad Seguros y definidos en la póliza.

Clausulado del producto

Descarga el clausulado de acuerdo a la fecha de adquisición de la póliza:

Si tu póliza fue emitida antes de 30/04/2021
Si tu póliza fue emitida a partir del 30/04/2021

Coberturas básicas

Check menta

Daños físicos causados a bienes de terceros.

Check Manzana

Daños corporales causados a las personas.

check azul

Costas del proceso civil que la víctima o sus causahabientes promuevan contra el asegurado, siempre que sean liquidados y decretados a cargo del asegurado por el juez dentro del respectivo proceso.

Check verde oscuro

Gastos de asistencia jurídica al asegurado para su defensa ante la jurisdicción penal, civil o incidente de reparación integral, que se inicie como consecuencia directa y exclusiva de lesiones culposas, homicidio culposo y daños en accidente de tránsito, causado por el asegurado con el vehículo descrito en la carátula de la póliza, incluyendo gestiones tendientes a la devolución del vehículo, hasta por el monto establecido en las condiciones generales de la póliza.

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Exclusiones

La Equidad Seguros quedará exonerada de toda responsabilidad bajo el presente amparo cuando se presente una o varias de las siguientes causales:

  • Muerte o lesiones a ocupantes del vehículo asegurado.
  • Muerte, lesiones o daños causados por la carga transportada cuando el vehículo no se encuentre en movimiento.
  • Muerte o lesiones a personas que en el momento del accidente se encontraren reparando o atendiendo al mantenimiento o servicio del vehículo asegurado. Así mismo se excluirán los perjuicios causados a terceros cuando el vehículo se encuentre bajo la custodia de un taller.
  • Lesiones o muerte causadas al cónyuge, al compañero permanente o a los parientes del asegurado por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y primero civil, del asegurado, tomador o conductor autorizado.
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Exclusiones

 

  • Cuando exista dolo o culpa grave del conductor, tomador, asegurado o beneficiario.
  • Estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas toxicas, heroicas o alucinógenas del conductor del vehículo asegurado.
  • Cuando el conductor desatienda señales reglamentarias de tránsito, carezca de licencia vigente o de categoría para conducir el vehículo asegurado.
  • Daños causados con el vehículo a las cosas transportadas en el.
  • Daños a bienes sobre los cuales el asegurado, su cónyuge o sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, tenga la propiedad, posesión o tenencia.
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Exclusiones

 

  • Daños a puentes, carreteras, caminos viaductos o balanzas de pesar vehículos, causados por vibración, peso altura o anchura del vehículo.
  • La conducción del vehículo asegurado por personas no autorizadas por el asegurado, inclusive cuando esta conducción se realice con ocasión de una apropiación indebida o por hurto.
  • Cuando el vehículo se encuentre con sobrecupo, tanto de carga como de pasajeros o se emplee para uso distinto del estipulado en la póliza; o se destine a la enseñanza de conducción o participe en competencia o entrenamiento automovilístico de cualquier índole, o cuando el vehículo asegurado (excepto grúas remolcadoras o tractomulas) remolquen a otro vehículo, con o sin fuerza propia.
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Exclusiones

 

  • Cuando el vehículo asegurado sea dado en alquiler, o transporte mercancías azarosas, inflamables o explosivas sin la previa notificación y la correspondiente autorización de La Equidad Seguros.
  • Cuando el vehículo asegurado sea usado o aprehendido por cualquier acto de autoridad, o sea embargado, secuestrado o decomisado.
  • Cuando el siniestro sea consecuencia de un abuso de confianza, de acuerdo con la definición legal.
  • Los perjuicios ocasionados por el asegurado que estén cubiertos por el seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidente de tránsito (SOAT), el FOSYGA o por el sistema general de seguridad social en salud, riesgos profesionales y pensiones.
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Exclusiones

 

  • Cuando el daño causado ocurra por fuera de los territorios de las repúblicas de Colombia, Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela.
  • Terremoto, temblor, erupción volcánica, marejada, inundaciones, crecientes o modificación de la estructura de los átomos.
  • Guerra interior o exterior, revolución, rebelión, sedición, asonada y/o motín.
  • Cuando el tomador, asegurado o conductor se declare responsable o efectúe arreglos transacciones o conciliaciones sin consentimiento escrito previo de La Equidad Seguros.

Documentos mínimos
para la expedición

Carta del tomador solicitando la póliza o aceptando la cotización.
doc-pest-azul
Formato de conocimiento del cliente.
doc-pest-menta
Relación en Excel de Vehículos con la siguiente información (marca, clase, motor, placa).

Información adicional del producto