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Descarga el clausulado de acuerdo a la fecha de adquisición de la póliza:
Alcance de la cobertura La Equidad Seguros Generales, que en adelante se denominara La Equidad, en consideración a las declaraciones que ha hecho el tomador/ asegurado, que se incorporan a este contrato y hacen parte del mismo, cubre la responsabilidad civil profesional derivada del desarrollo de la actividad de clínica, hospital y/o institución privada del sector de la salud, por los profesionales vinculados y/o adscritos, dentro de los predios asegurados, de conformidad con los principios y normas que regulan la responsabilidad civil profesional a) por los actos de los médicos vinculados y/o adscritos a la clínica. b) por los actos de los estudiantes en práctica y estudiantes en especializaciones, al servicio de la clínica c) por los actos del personal paramédico al servicio de la clínica. d) por los hechos dañosos causados a terceros, como consecuencia de la propiedad, posesión y uso de los predios, en donde se desarrolla su actividad. e) por los gastos de defensa judicial y extrajudicial. f) por los hechos dañosos causados como consecuencia del uso de vehículos de propiedad o ajenos al tomador/ asegurado.
Responsabilidad civil profesional médica
Responsabilidad civil estudiantes en práctica y especialización
Responsabilidad civil del personal paramédico de uso de equipos y tratamientos médicos
Predios, labores y operaciones
Gastos de defensa judicial y extrajudicial
Materiales médicos, quirúrgicos dentales, drogas o medicamentos
Esta póliza no cubre las lesiones corporales o daño s materiales ni ningún otro perjuicio derivado directa o indirectamente de los siguientes hechos o circunstancias:
Consulta todas las exclusiones en el Clausulado.
Alcance de la cobertura La Equidad Seguros Generales, que en adelante se denominara La Equidad, en consideración a las declaraciones que ha hecho el tomador/ asegurado, que se incorporan a este contrato y hacen parte del mismo, cubre la responsabilidad civil profesional derivada del desarrollo de la actividad de clínica, hospital y/o institución privada del sector de la salud, por los profesionales vinculados y/o adscritos, dentro de los predios asegurados, de conformidad con los principios y normas que regulan la responsabilidad civil profesional a) por los actos de los médicos vinculados y/o adscritos a la clínica. b) por los actos de los estudiantes en práctica y estudiantes en especializaciones, al servicio de la clínica c) por los actos del personal paramédico al servicio de la clínica. d) por los hechos dañosos causados a terceros, como consecuencia de la propiedad, posesión y uso de los predios, en donde se desarrolla su actividad. e) por los gastos de defensa judicial y extrajudicial. f) por los hechos dañosos causados como consecuencia del uso de vehículos de propiedad o ajenos al tomador/ asegurado.