Póliza Todo Riesgo Para Generadores de Carga y El Operador Logístico
Objetivo
Coberturas básicas
Exclusiones
1. Guerra internacional, guerra civil, rebelión, insurrección, acto hostil de un poder beligerante o contra dicho poder, aprehensión proveniente de los anteriores riesgos, minas torpedos, bombas u otros artefactos de guerra abandonados.
2. Huelga, suspensión de hecho de labores, suspensión de trabajo por cierre patronal, disturbios de trabajo, asonada, motín conmoción civil o popular, apoderamiento o desvió de naves o aeronaves y actos terroristas y de movimientos subversivos.
3. Toma de muestras por autoridad competente comiso, embargo y secuestro, retención, aprehensión o, en general, acto de autoridad sobre las mercancías o sobre el medio de transporte.
4. Vicio propio, combustión espontánea, mermas, evaporaciones o filtraciones que no se origen en rotura o daño del empaque.
5. Variaciones naturales climatológicas y los deterioros causados pro el simple transcurso de tiempo.
6. Roedores, comején, gorgojo, polilla y otras plagas.
7. Reacción o radiaciones nucleares o contaminación radioactiva.
8. Errores o faltas en el despacho o por haberse despachado los bienes en mal estado.
9. Demoras y pérdidas de mercado.
Podrán excluirse del amparo otorgado por la presente póliza, las pérdidas o daños provenientes de los siguientes riesgos:
1. Avería particular, entendiéndose por tal, los daños a los bienes asegurados que sean consecuencia de eventos diferentes a:
- Incendio, rayo, explosión o hechos tendientes a extinguir el fuego originado por tales causas.
- Caídas accidentales al mar o al río de bultos durante la navegación o durante las operaciones de cargue, descargue o transbordo.
- Accidentes que sufra el vehículo o transportador o el vehículo asegurado cuando este se movilice por sus propios medios.
2. Saqueo, entendiéndose por tal:
- La sustracción parcial o total del contenido de los bultos.
- La sustracción de alguna parte integrante de los bienes asegurados cuando no tengan embarque.
- Falta de entrega, entendiéndose por tal, la no entrega por extravío o por hurto o hurto calificado, según su definición legal, de uno o más bultos completos (contenido o embarque) en que se halle dividido el despacho, de acuerdo con los documentos de transporte.
Documentos mínimos para la expedición
- Solicitud de Seguro debidamente diligenciada, en las renovaciones puede ser reemplazada por carta del cliente solicitando la renovación.
- Formato de conocimiento de clientes debidamente diligenciado.