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Trayecto Seguro

Trayecto Seguro

Proteger al asegurado contra los perjuicios patrimoniales que sufra por los riesgos inherentes al transporte definidos en las condiciones generales de la póliza.

Clausulado del producto

Descarga el clausulado de acuerdo a la fecha de adquisición de la póliza:

Consulta el clausulado de Transporte de Carga por Trayectos, aquí.
Clausulado trayecto seguro.

Para mayor información

Coberturas Básicas

check azul

Responsabilidad civil extracontractual por trayecto.

Coberturas Opcionales

Check menta

Responsabilidad civil contractual por trayecto.

Check Manzana

Auxilio accidentes personales por muerte del conductor.

Check verde

Asistencia jurídica para el conductor del vehículo transportador.

Check verde oscuro

Asistencia logística especializada.

check azul

Reducción de
pérdidas por daños.

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Exclusiones

Los amparos previstos en la presente póliza no operaran en los casos siguientes:

  • Para responsabilidad civil extracontractual por trayecto.
  • Cuando se efectué el trayecto, sin que intervenga una empresa de transporte legalmente constituida y habilitada y sin la expedición del manifiesto de carga o documento que acredite la existencia del contrato de transporte.
  • La no afectación de amparos contenidos en otras pólizas de responsabilidad civil extracontractual, automóviles o seguros obligatorios, que hayan sido contratados por los tomadores y asegurados de esta póliza, salvo que la reclamación haya sido objetada por una circunstancia distinta a las exclusiones contempladas en esta póliza. En el evento que el vehículo transportador no tenga contratados seguros voluntarios de responsabilidad civil extracontractual, no opera esta exclusión.
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Exclusiones

 

  • Muerte o lesiones a ocupantes, o a pasajeros del vehículo transportador.
  • Muerte, lesiones o daños causados por la carga cuando el vehículo transportador no se encuentra en movimiento.
  • Muerte, lesiones o daños a personas como consecuencia de la inobservancia de las disposiciones legales sobre transporte, normas técnicas o reparando o atendiendo el mantenimiento del vehículo o de las prescripciones médicas para su conductor.
  • Muerte, lesiones o daños causados por huelgas, amotinamientos, conmoción civil, asonada, rebelión, sedición, levantamiento popular, paros, cese de actividad, sabotaje, actos de grupos subversivos y/o terroristas o de grupos al margen de la ley.
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Exclusiones

 

  • Muerte o lesiones causadas al cónyuge, compañero (a) permanente o a los parientes del asegurado por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y primero civil.
  • Daños causados con el vehículo a cosas transportadas en él, a bienes sobre los cuales el asegurado, su cónyuge, compañero (a) permanente o sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y primero civil, tengan la propiedad, posesión o tenencia.
  • Muerte, lesiones o daños que el asegurado o persona autorizada por el asegurado causen voluntaria o intencionalmente a terceros.
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Exclusiones

 

  • Daños a puentes, carreteras, caminos, viaductos o balanzas de pesar vehículos, causados por vibraciones, peso, altura, o anchura del vehículo.
  • Muerte, lesiones o daños a bienes de terceros causados por el remolque cuando no se encuentre enganchado al remolcador asegurado.
  • Responsabilidad derivada del incumplimiento del contrato de transporte celebrado por el asegurado.
  • Las costas y gastos de proceso judicial, cuando el asegurado lo afronte sin el acompañamiento de la aseguradora y/o cuando la responsabilidad civil provenga de dolo o esté expresamente excluida de la póliza.
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Exclusiones

 

  • La responsabilidad civil extracontractual resultante de un fallo en un proceso en que el asegurado y/o tomador haya participado y no haya llamado en garantía a la aseguradora, o convocado en el incidente de reparación.
  • Cuando el vehículo se encuentre con carga cuyo tonelaje sea superior al autorizado, se emplee para uso distinto al estipulado en esta póliza o se destine a la enseñanza de conducción o participe en competencia.
  • Cuando exista mala fe del asegurado o del beneficiario en la reclamación o comprobación del derecho al pago de determinado siniestro.
  • En caso de culpa grave del conductor o cuando éste se encuentre bajo el influjo de bebidas embriagantes, drogas tóxicas, heroicas o alucinógenas.
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Exclusiones

 

  • Cuando se transporten mercancías azarosas, inflamables o explosivas, y estas sean la causa directa del siniestro.
  • En caso de encontrarse transportando sustancias o mercancías ilícitas.
  • Cuando el vehículo asegurado sea usado o aprehendido por cualquier acto de autoridad, o sea secuestrado, o decomisado.
  • Pérdidas o daños causados a la carga transportada en el vehículo asegurado.
  • Muerte o lesiones al asegurado, al conductor del vehículo transportador, a los socios del asegurado y/o tomador, o a los trabajadores a su servicio.
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Exclusiones

 

  • Obligaciones del asegurado y/o tomador de carácter contractual y laboral.
  • Muerte, lesiones o daños originados por contaminación o por acción directa o indirecta de fenómenos de la naturaleza, tales como terremoto, temblor o erupción volcánica.
  • Cuando el vehículo sea conducido durante el trayecto asegurado por una persona distinta a la relacionada en el manifiesto de carga, o en cualquiera de los documentos que acrediten el transporte contratado, excepto cuando se presente un problema de salud o dificultad laboral con el conductor, o requiera trasbordo de la mercancía por un accidente o falla mecánica, siendo obligación del propietario del vehículo, reportar el cambio al tomador y aportar los documentos que se le exigieron al conductor inicial, so pena de perder el derecho a la indemnización.
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Exclusiones

 

  • Cuando el vehículo transite por un corredor vial que no tenga ninguna conexidad con el que corresponda al lugar de destino final, excepto que medie una circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor, o cambie de ruta en señal de prevención ordenada por el tomador o autoridad competente.
  • Cuando el tomador de la póliza en este caso la empresa transportadora, contrate el transporte a través de vehículos no vinculados, sin exigir los documentos tales como: licencia de tránsito y/o tarjeta de propiedad, licencia de conducción, dirección y teléfono del conductor y del propietario del vehículo, y además verificar antecedentes y referencias.
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Exclusiones

 

  • No obtener la intervención de la autoridad policial o de tránsito, cuando el accidente ocurra en vías públicas, o de los departamentos de seguridad industrial u otro similar cuando el accidente ocurra dentro de un predio particular.
  • Aquellas otras exclusiones particulares que expresamente pacten el tomador y/o asegurado y la aseguradora.

Documentos mínimos
para la expedición

doc-pest-verde
Solicitud de Seguro
y/o comunicación escrita de aceptación de la propuesta.
doc-pest-menta
Formato SUS-97
Conocimiento del cliente.